Cuidad de mexicoRECORDATORIO: Transición Distrito Federal a Ciudad de México

CAAREM Informa:

Como recordarán, el 29 de enero del 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México” en virtud de lo cual se modificó la denominación del Distrito Federal por Ciudad de México.

Al respecto, el 9 de mayo se publicó en el mismo órgano informativo la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016, la cual contempla en su articulo resolutivo vigésimo séptimo que las promociones, solicitudes, avisos, formatos a que se refiere la regla 1.2.2., en términos de las RGCE para 2016 y sus Anexos.

Así como cualquier documentación aduanera que se presente ante la autoridad hasta el 31 de enero de 2017, en las que los contribuyentes hagan referencia al Distrito Federal, no será considerada como infracción a las disposiciones legales.

Cabe destacar que el pasado 23 de diciembre se publicó la Resolución Miscelánea fiscal para 2017 y en la Regla 1.10 indica de igual manera que las referencias que hagan los contribuyentes al Distrito Federal en las promociones, comprobantes fiscales digitales por internet, declaraciones, avisos o informes que presenten ante las autoridades fiscales, hasta el 31 de enero de 2017, se entenderán hechas a la Ciudad de México y tal situación no se considerará infracción a las disposiciones fiscales.

En virtud de lo anterior, se les hace un atento recordatorio para tener en cuenta que derivado de las disposiciones vigentes, hasta el 31 de enero del 2017 los contribuyentes podrán hacer referencia al Distrito Federal para efectos fiscales, así como en su documentación aduanera, sin que ello se considere como infracción a las disposiciones legales.


De DF a CDMX; los 10 cambios que debes saber

Fuente: www.dineroenimagen.com

1.- La Ciudad de México será la entidad federal número 32. Seguirá siendo la capital del país.
2.- Deberá tener su primera Constitución Política a más tardar el 31 de enero de 2017, para ello necesita una Asamblea Constituyente que será votada el primer domingo de junio de 2016 y se instalará el 15 de septiembre del mismo año.
3.- Las delegaciones políticas se van y nacen las demarcaciones territoriales, mismas que serán encabezadas por un alcalde.
4.- La Asamblea Legislativa dejará de existir para dar paso al Congreso local, mismo que podrá aprobar o rechazar reformas constitucionales.
5.- La Ciudad de México vigilará los recursos federales que se administren en las demarcaciones territoriales.
6.- A diferencia del resto de los estados, el gobierno federal mantendrá la responsabilidad del financiamiento a la educación y servicios de salud de la ciudad de México.
7.- El Ministerio Público de la Federación se organizará en una Fiscalía General de la República como órgano público y autónomo.
8.- Mientras que antes el presidente se encargaba de nombrar al Procurador de Justicia y al jefe de Policía, ahora lo hará el jefe de Gobierno.
9.- La Ciudad de México tendrá con un Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, cuyos datos serán considerados oficiales.
10.- En la Ciudad de México, los salarios no podrán ser inferiores al mínimo para los trabajadores del resto de las entidades federativas.